Hay trámites que parecen sencillos hasta que uno se sienta frente a la documentación y descubre que cada casilla importa. La compraventa de un vehículo usado suele empezar con ilusión o necesidad, pero termina —inevitablemente— en una gestión administrativa que conviene hacer bien desde el principio. No se trata solo de firmar un contrato y entregar las llaves; hay responsabilidades legales que cambian de manos y plazos que no admiten descuidos.
Paso 1: verificar la situación administrativa del vehículo
Antes de avanzar con formularios y tasas, hay una verificación clave que no conviene pasar por alto. El vehículo debe estar libre de cargas administrativas, embargos, precintos o reservas de dominio. Esta información puede comprobarse solicitando un informe del vehículo en la Dirección General de Tráfico.
También es importante confirmar que el coche se encuentre en alta administrativa y que no existan incidencias que puedan impedir el cambio de titularidad. Aunque la ITV no esté vigente, la transferencia puede realizarse; sin embargo, el vehículo no podrá circular hasta que la inspección esté al día.
Conviene, además, revisar que el último recibo del impuesto municipal de circulación esté pagado y que no haya multas pendientes vinculadas a la matrícula. Si bien estas situaciones no siempre bloquean la transmisión, sí pueden generar demoras o conflictos posteriores entre comprador y vendedor.
En este punto muchas personas optan por apoyarse en asesoramiento especializado para asegurarse de que todo esté en orden antes de firmar. Un despacho como Abogados Gestoría Universia puede revisar la situación administrativa del vehículo y orientar sobre los pasos posteriores, especialmente cuando existen dudas sobre cargas o incidencias registrales.
Paso 2: redactar correctamente el contrato de compraventa
El contrato de compraventa no es un simple formalismo. Es el documento que acredita la transmisión y que fija las condiciones pactadas entre las partes. Debe incluir, como mínimo, los datos completos del comprador y del vendedor, la identificación del vehículo, el precio acordado y la fecha exacta de entrega.
Resulta recomendable incorporar también la hora de la entrega. Puede parecer un detalle menor, pero si el coche comete una infracción ese mismo día, la precisión horaria puede marcar la diferencia respecto a quién asume la responsabilidad.
Ambas partes deben firmar el contrato y conservar una copia. No es necesario elevarlo a escritura pública, aunque sí conviene que esté redactado con claridad y sin ambigüedades. El comprador necesitará este documento para liquidar el impuesto correspondiente y completar el trámite ante la DGT.
Paso 3: liquidar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales
Una vez firmado el contrato, el siguiente paso corresponde al comprador. Debe liquidar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales en la comunidad autónoma donde tenga su domicilio fiscal.
Este impuesto se paga mediante el modelo 620 o 621, dependiendo de la comunidad. El importe se calcula tomando como referencia el valor fiscal del vehículo según las tablas oficiales publicadas anualmente, aunque si el precio reflejado en el contrato fuera superior a ese valor, la liquidación se realizará sobre el mayor de los dos importes.
Cada comunidad autónoma aplica su propio tipo impositivo, que suele situarse entre el 4 y el 8 por ciento.
Por eso conviene revisar previamente cuál es la base imponible que se aplicará antes de formalizar la operación, especialmente cuando el precio de compraventa es inferior al valor estimado en tablas.
Paso 4: presentar el cambio de titularidad ante la DGT

Con el contrato firmado y el impuesto liquidado, llega el trámite ante la Dirección General de Tráfico. El comprador dispone de un plazo de 30 días para solicitar el cambio de titularidad.
La solicitud puede presentarse de forma presencial con cita previa en una jefatura de Tráfico o mediante la sede electrónica, siempre que se disponga de certificado digital, DNI electrónico o sistema Cl@ve. En los últimos años ha aumentado el uso de la transferencia de coche online, que permite realizar gran parte del procedimiento sin desplazamientos, aunque exige cierta familiaridad con los sistemas digitales.
Para completar el trámite ante la DGT se necesita aportar:
- Solicitud oficial de cambio de titularidad firmada por ambas partes o por el comprador.
- Contrato de compraventa.
- Justificante de pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales.
- Documento de identidad del comprador y del vendedor.
- Permiso de circulación.
- Tarjeta de ITV.
Además, debe abonarse la tasa de Tráfico correspondiente al cambio de titularidad.
Una vez presentada la documentación y verificada su corrección, la DGT expedirá un nuevo permiso de circulación a nombre del comprador.
Paso 5: evitar errores que pueden bloquear la transferencia
- Confiar en que el comprador hará el trámite sin verificarlo. El vendedor debería comprobar que el cambio de titularidad se ha realizado solicitando un informe del vehículo días después de la venta o, preferiblemente, realizando la notificación de venta en el momento de la transmisión.
- No comprobar la existencia de una reserva de dominio. Muchos vehículos financiados mantienen esta carga inscrita en el Registro de Bienes Muebles incluso tras haberse pagado el préstamo. Si no se cancela previamente, la DGT no autorizará el cambio de titularidad.
- Errores en los datos del contrato. Una discrepancia en el número de bastidor, en la matrícula o en el DNI puede paralizar el trámite hasta que se subsane. Conviene revisar cuidadosamente que toda la información coincida con la documentación oficial.
- Olvidar la firma de todos los titulares. Cuando el vehículo pertenece a más de una persona, todos deben firmar la documentación. Si alguien actúa en nombre del titular, deberá acreditarlo mediante una autorización o poder válido.
Una gestión bien hecha evita problemas futuros
Realizar la transferencia de un coche en España implica coordinar contrato, impuestos y registro administrativo. El orden en que se ejecutan estos pasos no es arbitrario, sino que responde a una secuencia diseñada para garantizar seguridad jurídica a ambas partes.
Aunque el procedimiento puede hacerse de manera autónoma, no todas las situaciones son idénticas. Cuando existen cargas previas, discrepancias en la documentación o circunstancias personales particulares, contar con asesoramiento profesional puede evitar complicaciones innecesarias.
